Aprobado RD Ley 2/2020 de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del Sector Público.
El RDL 2/2020 recoge, en términos prácticamente idénticos, lo que habitualmente suelen regular las Leyes de Presupuestos Generales del Estado en materia retributiva (“De los gastos de Personal”), y el RDL 24/2018, que aprobó los incrementos retributivos para el año 2019.
Las retribuciones para el año 2020 de todo el personal al servicio de las Administraciones Publicas experimentan un incremento automático del 2% con respecto a las vigentes en el año 2019, más un posible incremento de entre el 0,2% y el 1% a partir del 1 de julio de 2020 por cumplimiento del PIB, así como un incremento adicional del 0,30% para la implantación de planes de mejora, revisión de complementos, etc., a determinar en las correspondientes mesas de negociación (art.3).
El tope de incremento de la masa salarial del personal laboral del sector público estatal, con carácter general, será el establecido en el RDL 2/2020. La masa salarial (Orden HAP/1057/2013) debe ser autorizada por los órganos competentes con carácter previo a la negociación en cada ámbito concreto.
Conviene recordar y precisar que el Acuerdo también estipula un incremento salarial de 0,55%, si en el año 2020 se cumplen los objetivos del déficit público. Pero dicho incremento, de cumplirse el requisito, se debería incluir en los presupuestos de 2021.