UGT solicitó en las Mesas de Seguimiento la interpretación de uno de los apartados de los nuevos calendarios laborales, el referido al cómputo mensual, que parece está dando problemas en algunas Consejerías.
Los calendarios firmados recogen que el déficit o exceso horario de un mes, se puede compensar el mes siguiente. Esto que UGT entiende bastante claro de interpretar, está originando problemas, ya que si un mes dejas saldo a compensar, te obligan a cuadrarlo con el mes siguiente, pero en ese mes siguiente ya no te permiten dejar ningún saldo horario, ni positivo ni negativo, para el siguiente mes, a su vez. Luego en la práctica, esta compensación no es mensual, sino que se convierte en un derecho cada dos meses.
En unos centros alegan que esa es la interpretación que cabe hacer de la redacción del calendario, y en otros alegan problemas de la aplicación FIVA.
En UGT entendemos que no hay ningún problema interpretativo, salvo que quieran crear dicho problema, ya que si en un mes haces 5 horas de más, y en el mes siguiente haces 7 horas de menos, al siguiente mes llegarías con 2 horas en negativo, por ejemplo. Esa es la interpretación lógica de la compensación mensual y no entendemos el dilema.
Tampoco creemos que haya problemas técnicos, pues quienes solicitan la acumulación horaria, sí pueden ir acumulando horas cada mes sin problema, luego no parece que el FIVA sea el responsable. Y esta parece ser la “solución” que en algunos casos se está tomando, incluso recomendando. Pero esto al final solo sirve para los primeros seis meses del año, en la segunda mitad de año seguiríamos igual.
Función Pública se comprometió a trasladarlo a la siguiente reunión mensual de Subdirectores de Personal para estudiarlo.
Entre el periodo estival y la nueva constitución de las Consejerías, probablemente ya no tendremos respuesta hasta después del verano. Os iremos dando información sobre cualquier novedad.