foto_tarjeta transporteTanto en el Acuerdo como en el Convenio, se recoge el derecho a los gastos de transporte necesarios para acudir al trabajo. Sin embargo, en UGT hemos detectado problemas, sobre todo con el personal interino o temporal cuando se incorpora al trabajo, ya que en dicho mes si no es completo, no disponen de la tarjeta de abono mensual y tampoco le compensan de ninguna otra manera alegando problemas de justificación.

Conviene clarificar y regular esta prestación para estos supuestos. Por eso UGT ha trasladado la siguiente propuesta a Función Pública a través de las mesas de seguimiento:

  • El personal funcionario interino y el personal laboral temporal, recibirá la tarjeta abono de transporte de vigencia mensual que por zona le corresponda. En caso de que la duración del nombramiento o contrato sea inferior a un mes, se le hará el pago en nómina de la parte proporcional que corresponda en función del precio de la tarjeta de su zona y número de días del mes trabajados desde dicho nombramiento.
  • Para recibir este pago en nómina, será suficiente con que quede acreditada la presencia en el puesto de trabajo.

 

  • Función Pública manifestó que le parecía razonable la propuesta de UGT, y se comprometió a su estudio y valoración, quedando en ofrecernos una respuesta en la próxima mesa de seguimiento que se convoque. Os informaremos del resultado.
UGT Servicios Públicos Madrid
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