1986: este es el año de aprobación de nuestra vigente ley de la Función Pública. ¡Han pasado 33 años y sigue sin aprobarse una nueva! Poco ha importado a los últimos gobiernos que el EBEP aprobado en el año 2007 instara a su desarrollo mediante nuevas leyes de la función pública. Ni caso hicieron, ni al EBEP del 2007 ni al nuevo texto refundido del 2015.

Esto afecta sobre todo a la mejora de cuestiones claves para los empleados y empleadas públicas, sobre todo para el personal funcionario, cuya organización viene obligada en muchas ocasiones por reserva de ley. Urge que se promueva la legislación que aborde entre otros asuntos:

  • Un diseño de la carrera profesional y evaluación del desempeño para el personal funcionario.
  • La movilidad dentro de la administración y entre distintas administraciones. Permutas de personal funcionario.
  • Creación de nuevas escalas especialistas, para que se puedan realizar dichas funciones por personal funcionario, permitiendo también la funcionarización del personal laboral actual. También debe servir para adaptar las especialidades a las nuevas titulaciones, por ejemplo, trabajo social es un grado universitario y en la administración seguimos sin el grupo A1, dejando a este colectivo sin posibilidad de promoción.
  • La transparencia en todas sus decisiones y procesos, por ejemplo en la provisión de puestos, tanto de carácter fijo como adscripciones provisionales.
  • Que mejore la regulación de las bolsas para el personal funcionario, ahora reguladas por el anticuado y farragoso Decreto 50/2001 que le pone en clara discriminación frente al resto de regímenes que ya tienen mejores regulaciones en materia de selección temporal y conciliación.

En definitiva, que quien o quienes aspiran a constituir el nuevo Gobierno, se comprometan con una administración más moderna, eficiente, igualitaria y conciliadora. El desarrollo de la Ley de la Función Pública no puede esperar ¡ni un minuto más!

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