temporales_empleo_UGtLa Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que equipara las indemnizaciones por despido entre trabajadores fijos y temporales, representa una enmienda a la reforma laboral española por discriminatoria, ha señalado Mari Carmen Barrera, Secretaria de Política Social, Empleo y Seguridad Social de UGT.

Para el sindicato, la sentencia pone en cuestión tanto las indemnizaciones a la finalización de la relación laboral como la debilidad en la causalidad de los despidos.

Para la Unión General de Trabajadores, con este fallo, los trabajadores temporales podrán reclamar una indemnización de 20 días al finalizar su contrato, y aquellos que estén en fraude de Ley –ocupando un puesto fijo, pese a tener un contrato temporal- podrán reclamar hasta 33 días por año trabajado.

El sindicato considera que el Gobierno con carácter inmediato debería modificar el Estatuto de los Trabajadores para corregir esta situación. Pero, dada a la situación actual, si no lo hace, UGT recurrirá a los grupos Parlamentarios y al Parlamento para que se corrija vía Proposición de Ley.

Mari Carmen Barrera considera que la sentencia del TJUE está corrigiendo una discriminación que afecta a las indemnizaciones, no está estableciendo un contrato único. En este sentido, destaca que éste Tribunal, en sucesivas sentencias, está echando por tierra parte de la legislación laboral española en materia de contratación y está instando a devolver los derechos que los trabajadores han perdido con las reformas laborales, tal y como lleva demandando el sindicato.

El gabinete jurídico de UGT está analizando con detalle ésta y otras sentencias del Tribunal de Justicia Europeo para evaluar las consecuencias que tienen para los trabajadores, y ver cómo encauzar las demandas sobre sobre los posibles efectos retroactivos.

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