El Tribunal Supremo, en recurso de casación 368/2014 sobre Conflicto Colectivo nº 347/2014 sobre la jornada laboral impuesta unilateralmente para el año 2014 da firmeza y de nuevo la razón a UGT, en lo que llevamos años defendiendo, LA IGUALDAD DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS de la Comunidad de Madrid, independientemente del Centro donde presten sus servicios.
La justicia vuelve, gracias a la constancia y firmeza de las posiciones de UGT defendiendo los derechos de los empleados públicos, a poner en valor la protección que nos proporciona nuestro Convenio Colectivo, Convenio que la Comunidad de Madrid intentó arrebatarnos para seguir cercenando nuestros derechos e intentar crear trabajadores de primera y de segunda clase.
La sentencia del Tribunal Supremo recoge de forma firme y sin menoscabo:
- EL DERECHO AL DISFRUTE DEL DESCANSO SEMANAL DE DOS DÍAS ININTERRUMPIDOS, CONFORME AL CONVENIO COLECTIVO PARA TODOS LOS TRABAJADORES/AS, TAMBIEN PARA QUIENES TRABAJAN A TURNOS, HACIENDO QUE SEAN NECESARIOS DE ESTE MODO LOS SOLAPES.
Como todos sabéis, este conflicto colectivo dio lugar a que la Administración de la Comunidad de Madrid tuviera que sentarse, gracias a la unión de los trabajadores y el tesón y posicionamientos de UGT, en aquellos organismos donde no se cumplía el convenio con la imposición de jornada (SRBS, IMFM principalmente, etc.) para negociar un acuerdo que dio lugar:
- La obligatoriedad de los dos días de descanso semanales seguidos, lo que ha supuesto la vuelta a la necesidad de los solapes en algunos organismos.
- A calendarios laborales más acordes al convenio colectivo.
Y un aumento de 2 millones y medio de euros del Capítulo I del presupuesto, que ha dado lugar a la creación de nuevos puestos de trabajo en fines de semana y festivos en el SRBS