El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 3ª de lo Social, estima parcialmente la demanda de Conflicto Colectivo nº 347/2014, en su Sentencia 765/2014, interpuesta por FSP-UGT Madrid en relación a la jornada laboral para el año 2014.
Como sabéis, el pasado mes de abril, UGT interpuso Conflicto Colectivo en referencia a la jornada laboral 2014, IMPUESTA UNILATERALMENTE por la Comunidad de Madrid, celebrándose el juicio el 24 de junio, habiendo conocido la sentencia dictada por el TSJ en el día de hoy.
Este Tribunal viene a darnos la razón a UGT, en lo que llevamos años defendiendo, LA IGUALDAD DE TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS de la Comunidad de Madrid, independientemente del Centro donde presten sus servicios. La justicia vuelve a poner en valor la protección que nos proporciona nuestro Convenio Colectivo, Convenio que la Comunidad de Madrid intentó arrebatarnos para seguir cercenando nuestros derechos e intentar crear trabajadores de primera y de segunda categoría.
La sentencia reconoce entre otros:
– EL DERECHO AL DISFRUTE DEL DESCANSO SEMANAL DE DOS DÍAS ININTERRUMPIDOS, CONFORME AL CONVENIO COLECTIVO PARA TODOS LOS TRABAJADORES/AS,TAMBIEN PARA QUIENES TRABAJAN A TURNOS, PERMITIENDOSE DE ESTE MODO LOS SOLAPES
– Que la coincidencia de los festivos con sábados no puedan incrementar la jornada anual establecida
– Disfrute de San Isidro, 24 y 31 de diciembre en los términos establecidos en el Convenio Colectivo.
También insta a la Comunidad de Madrid a sentarse a negociar los calendarios laborales con los representantes de los trabajadores, donde deben regularse los extremos recogidos en el art.28 de nuestro Convenio y a dejar sin efecto la parte de las instrucciones no ajustadas a derecho.
La sentencia está siendo estudiada por nuestra asesoría jurídica y contra ella cabe interponer recurso de casación en el plazo de 5 días.