¿Quién debe solicitar la compatibilidad? El personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que desee ejercer cualesquiera actividades privadas o una segunda actividad pública susceptible de compatibilidad.
También será de aplicación el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes.
A quienes les es de aplicación la normativa sobre incompatibilidades?
Forma de presentación de la solicitud de compatibilidad y plazos de resolución.