INCREMENTO SALARIAL 2021        

ABONO EN NÓMINA DE NOVIEMBRE
DE LA SUBIDA DEL 0,90% Y ATRASOS

  • DIEZ MESES DESPUÉS de su aprobación por la Ley
    11/2020 de 30 de diciembre de PGE.
  • CINCO MESES DESPUÉS de la firma del Acuerdo que
    permite su aplicación al personal laboral de Correos.

La subida salarial y los atrasos correspondientes se abonarán de forma simultánea
a todo el personal (FUNCIONARIO, LABORAL FIJO Y LABORAL EVENTUAL).

Correos ha comunicado hoy, 27 de octubre, que abonará a todos sus empleados y empleadas los incrementos salariales de 2021 (0,9 %) en la nómina del mes de noviembre, en ella abonará también los atrasos desde el 1 de enero de 2021.

En el mes de mayo pasado, cinco meses después de su aprobación por la Ley 11/2020 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales para el 2021 (en ella se reconoce el incremento salarial del 0.90% para todos los empleados y empleadas del Sector Publico), y debido a la presión por la cercanía del juicio de la demanda que CCOO y UGT presentamos, la empresa se vio obligada a acordar con las OOSS el incremento salarial 2021 para el personal laboral de Correos.

Sin embargo y como viene ocurriendo con otras materias tan importantes como la supresión del trabajo obligatorio en sábado o el teletrabajo, el derecho al incremento retributivo del 0,9% ha sido ninguneado y retrasado, agravándose la situación para el personal funcionario que no requiere de la autorización que se pone como excusa. Hoy por fin se anuncia el cumplimiento del abono. El Sr. Serrano ha tardado cinco meses en conseguir la oportuna autorización de la masa salarial 2021 por la Dirección General de Costes de Personal por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas. Parece ser que la diligencia en el trabajo de regularizar los incrementos en las nóminas de sus empleados y empleadas no ha sido uno de los intereses del presidente de esta empresa, centrado como está en su desguace y desmantelamiento.

Recordamos que este incremento se aplica en los siguientes conceptos retributivos:

  • Fijos: Salario base, pagas extraordinarias, antigüedad, complemento del puesto tipo y complemento de ocupación.
  • Variables: Complemento de producción y asistencia, complemento de permanencia y desempeño, complemento de productividad, plus de festivos, plus de sábados, plus de nocturnidad, plus de clasificación mecanizada, productividad de Navidad, horas extraordinarias, plus de residencia e incentivo singular por la prestación de servicios en Andorra y plus de jornadas

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