El Comité Regional es el órgano máximo de la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de la Comunidad Autonóma de Madrid entre Congresos estará formado por
- Los miembros de la Comisión Ejecutiva Regional.
- 2 miembros fijos por cada Sindicato Comarcal, que serán las personas que ocupen la Secretaría General, más otro miembro de la Comisión Ejecutiva.
- 16 miembros en representación de los Sectores, dos por cada uno de ellos, a propuesta de su Conferencia Sectorial y nombrados en el Congreso.
- 16 miembros proporcionales a los cotizantes de los Sindicatos Comarcales.
- 46 miembros proporcionales a las cotizaciones de las Conferencias Sectoriales de Secciones Sindicales de la ciudad de Madrid. Podrán ser elegibles los miembros de las Secciones Sindicales de la Comunidad de Madrid.
- Cuando para la elección de miembros al Comité Regional se proclame más de un lista, podrán optar al reparto las listas que obtengan, al menos el veinticinco por ciento de los votos emitidos. En el supuesto de que más de una lista cumpliera este requisito, a cada una de las listas minoritarias se les asignarán como máximo el veinticinco por ciento de los miembros a elegir, siempre y cuando el total alcance el número de cuatro. La lista mayoritaria será la adjudicataria del resto.
- Los responsables de los Sindicatos, que tendrán voz pero no voto.
- Un responsable de cada una de los Sindicatos Profesionales que existan, con voz pero sin voto.El Comité Regional se constituirá en el primer semestre posterior a la celebración del Congreso Ordinario, procediendo a constituirse reglamentariamente de acuerdo con las acreditaciones emitidas por la Comisión Ejecutiva.