Esta mañana hemos sido convocados por la Dirección General de Infantil y Primaria para negociar el calendario escolar 2021-2022.
La Administración nos ha presentado un borrador de calendario escolar 2021/22 sobre el que UGT ha realizado las siguientes propuestas:
- Recuperación de las evaluaciones extraordinarias a septiembre.
- Reducción del nº de días lectivos: Ceñir el calendario escolar al máximo a 175 días lectivos, retrasando el inicio de curso en todas las etapas y/o adelantando el fin de curso en todas ellas. Según el borrador que nos han presentado, quedaría de la siguiente manera: 184 días en colegios, 183 días en IES y FP, 180 en Conservatorios, EOI y Enseñanzas Artísticas y 177 en centros de adultos.
- Propuesta de tres días no lectivos: el viernes 7 de enero y jueves 24 y viernes 25 de febrero, o bien jueves 3 y viernes 4 de marzo.
- No ajustar las evaluaciones a los periodos festivos religiosos.
- Publicar un calendario que no confunda los festivos con los no lectivos, por utilizar el mismo color.
- Retrasar el inicio del curso al día 20 de septiembre en los centros de adultos.
- Concretar en el texto del calendario escolar, que todos los centros sostenidos con fondos públicos han de tener jornada intensiva los meses de junio y septiembre, ya que de no hacerlo se vulneraría la parte relativa a la jornada máxima del profesorado, establecida por el convenio de la enseñanza concertada.
- Eliminar la disposición final, la cual dice: “La presente orden ha sido tramitada en previsión de que la actividad que desarrollan los centros educativos pueda llevarse a cabo durante el curso escolar 2021/2022 en condiciones de normalidad y no se vea significativamente condicionada por circunstancias sanitarias. Si dicha previsión no se cumpliera, la Comunidad de Madrid adoptará las medidas oportunas para adaptar las especificaciones iniciales de esta orden a la evolución de dichas circunstancias”. Ya que con la regulación del teletrabajo-teledocencia esta circunstancia estaría solucionada.
Asimismo, hemos manifestado que este calendario sigue complicando el disfrute de los días de libre disposición no lectivos de los docentes de la Pública. Realmente los únicos que los pueden disfrutar con mayor holgura son los equipos directivos y de orientación, que prolongan su actividad en julio.
Finalmente hemos preguntado por la redacción del artículo 7.1, que dice lo siguiente: “En los centros sostenidos con fondos públicos, las fechas de inicio y final de curso para cada etapa o enseñanza tienen carácter de mínimos obligatorios. El curso no podrá iniciarse después, ni finalizar antes, de las fechas señaladas en cada caso”. Esta redacción daría pie a que algún centro pudiera empezar antes o terminar después su actividad lectiva y no se nos ha dado respuesta.