Esta Mesa ha sido convocada con motivo de la alarma generada por la publicación de las Instrucciones de Inicio de Curso que afectan a las Escuelas Oficiales de Idiomas. 

Ayer, la Directora Gral de FP y Enseñanzas de Régimen Especial nos convocó, junto al resto de organizaciones sindicales que conforman la Mesa, para aclarar lo redactado en el punto 3.7 de las citadas instrucciones, relativo a los grupos autorizados que indicaba:

  • “3.7.1. No se autorizará la apertura de segundos grupos de un mismo nivel si no se alcanza la ratio establecida en el artículo 27 del decreto 106/2018, de 19 de junio en un primer grupo.
  • 3.7.2. Asimismo, en el caso del idioma inglés, no se autorizará la apertura de grupos de nivel básico y de nivel intermedio B1 con menos de 20 alumnos; en el caso del nivel intermedio B2 no se autorizarán grupos que cuenten con menos de 15 alumnos y, por último, en el nivel avanzado no se autorizarán los grupos que cuenten con menos de 12 alumnos, aunque de manera excepcional, en el curso 2019-2020 se podrá abrir cursos de nivel C2.2 que cuente con al menos 9 alumnos al objeto de garantizar la continuidad de los alumnos matriculados en C2.1 en el curso 2018-2019.
  • 3.7.3. En el caso de los idiomas alemán, español como lengua extranjera, francés e italiano, en el nivel básico no se autorizarán grupos con menos de 15 alumnos. En el caso del nivel intermedio, grupos con menos de 12 alumnos y, por último, en el nivel avanzado, grupos con menos de 10 alumnos. De manera excepcional, en el curso 2019-2020 se podrá abrir un curso de nivel C2.2 que cuente con al menos 7 alumnos al objeto de garantizar la continuidad de los alumnos matriculados en C2.1 en el curso 2018-2019.
  • 3.7.4. En el caso del idioma chino y de los idiomas que solo se imparten en una EOI, no se autorizará ningún grupo que cuente con menos de 7 alumnos.
  • 3.7.5. Los cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización, así como los de actividades de lengua, no podrán ponerse en funcionamiento si no cuentan con al menos 15 alumnos en el idioma inglés y con 10 en el resto de idiomas que se imparten en la Comunidad de Madrid.”

La Administración reconoció que se había producido un malentendido.

Una vez explicado el contexto de la publicación, desde UGT hemos defendido: 

  • La negociación de las Instrucciones con las organizaciones sindicales, como hemos reclamado muchas veces. Con ello se evitarían este tipo de malentendidos.
  • Que estas enseñanzas no se perciban como una rentabilidad económica sino como una rentabilidad social, mientras esto no suceda no se mejorará el actual sistema. Defendemos que si en un aula solo hay un alumno, dos o tres, porque esa es la demanda, se tiene que ofrecer. La EDUCACIÓN PÚBLICA, sea la enseñanza que sea, tiene que prestar un servicio social, no estar mediatizada por cifras económicas.
  • Valoramos positivamente que se cree un sistema de comunicación entre escuelas para que al estar interconectadas, puedan unirse las bajas demandas de varios y abrir un grupo que permita.
  • Denunciamos la excesiva burocracia en el proceso de matriculación del alumnado, lo que provoca la disuasión del mismo y puede motivar su opción final por un centro privado.
  • Que se incluyan las 18 horas lectivas. En las Instrucciones aparecen recogidas 20 horas lectivas, UGT informa que no se ha negociado nada sobre este tema con la D.G. de Recursos Humanos, pero si con la campaña de recogida de firmas que tenemos en marcha, lo estiman a bien y se implantan las 18 horas en este régimen, además del resto y las 23 horas en Infantil y Primaria, consideramos que no es necesaria dicha negociación y que ha sido todo un éxito nuestra reivindicación.
  • En estas instrucciones no se incluye la reducción de jornada lectiva para los mayores de 55 años, mientras que en Secundaria, Infantil y Primaria, sí.
  • Que las jefaturas de departamento unipersonales tengan reducción horaria lectiva, en estas instrucciones se le asigna cero horas. Entendemos que aunque sean departamentos unipersonales hay funciones burocráticas que tienen que desarrollar.
  • Denunciamos que, tal y como está redactado el punto 3.7., va encaminado a una reducción del profesorado, siendo el más afectado el profesorado interino, que es el colectivo más vulnerable, ya que soporta la mayoría de las jornadas parciales.
  • Pedimos una formación para el profesorado vinculada al manejo y desarrollo de la nueva oferta formativa a distancia y semipresencial que se imparte en las EEOOII.
  • Exigimos que la ratio máxima sea de 15 alumnos por grupo y no la que marca el Decreto 106/2008, que establece la ratio en 25 alumnos, que mejoraría de manera evidente la calidad de la enseñanza y la haría más competitiva frente a otras ofertas de idiomas.

Finalmente, se nos leyó una nueva redacción del punto 3.7, que eliminaba la fórmula: “no se autorizará” y que se han comprometido a remitirla por correo electrónico.

Desde UGT nunca aceptaremos una reducción de grupos por el mero hecho de establecer un mínimo de alumnado, que además conllevara aparejada una reducción progresiva del profesorado de las Escuelas Oficiales de Idiomas y mucho menos del profesorado interino.  

Os seguiremos informando.

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