AMBITO DE APLICACIÓN: TODO EL PERSONAL PERTENECECIENTE AL ÁMBITO DE LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD:
LABORALES, FUNCIONARIOS Y ESTATUTARIOS (FIJOS O INTERINOS)
RECUPERACIÓN PAGA EXTRA:
- Febrero 2016 abono en nómina del 25,14% pendiente.
- Octubre 2016 o enero 2017 abono en nómina del 24,59% restante.
DÍAS ADICIONALES POR ANTIGÜEDAD (CANOSOS Y VACACIONES)
- Días de permiso por asuntos particulares por antigüedad (canosos).
- Al cumplir el 6º trienio: 2 días adicionales.
- A partir del 8º trienio: 1 día más por cada trienio.
- Vacaciones anuales
Todos y todas | 22 días hábiles |
Al cumplir 15 años de antigüedad | 23 días hábiles |
Al cumplir 20 años de antigüedad | 24 días hábiles |
Al cumplir 25 años de antigüedad | 25 días hábiles |
Al cumplir 30 años de antigüedad | 26 días hábiles |
RÉGIMEN TRANSITORIO.
- Días adicionales devengados en el año 2015: podrán disfrutarse desde la fecha de su devengo y hasta el 31 de diciembre de 2016.
- Días adicionales devengados en el año 2016: podrán disfrutarse desde la fecha de su devengo y hasta el 31 de diciembre de 2017.
- Días adicionales devengados en el año 2017: podrán disfrutarse desde la fecha de su devengo y hasta el 31 de diciembre de 2018.
- Días devengados en el año 2018 y sucesivos: podrán disfrutarse en el año de su devengo y hasta el 31 de enero del año siguiente.
ENTRADA EN VIGOR: 3 DE DICIEMBRE DE 2015.