La Asesoría Jurídica: un derecho para los afiliados y afiliadas
- Los Servicios Jurídicos irán dirigidos de forma prioritaria a los afiliados y afiliadas del Sindicato y a los delegados y delegadas sindicales de UGT, que deberán recibir un asesoramiento y atención jurídica de calidad, responsable y profesionalizada. Todo ello con el fin de atender, con las garantías suficientes, la defensa de sus intereses y derechos, especial y fundamentalmente los de índole laboral, derechos fundamentales de libertad sindical, de huelga, elecciones sindicales, de seguridad social y de derecho administrativo, en delitos contra la seguridad de los trabajadores y de contratación ilegal de inmigrantes; manteniendo cuando lo requiera la situación, un tratamiento sindicalizado de los conflictos en coordinación con las organizaciones correspondientes.
- El acceso a estos derechos deberá ser prestado prioritariamente en los locales de UGT, siendo el Servicio de aplicación general y homogénea.
- Dentro del cuadro de tarifas de los servicios jurídicos, el Comité Confederal establecerá unas tarifas máximas en función de la antigüedad del afiliado o afiliada en el Sindicato.
- Se informará del coste del servicio así como de las bonificaciones que correspondan con carácter previo a la firma de la hoja de encargo o contratación.
- Los afiliados y afiliadas no accederán directamente a los servicios jurídicos del Sindicato, sino que lo harán a través de la Sección Sindical, el Sindicato Comarcal o el Sector correspondiente.
- Las consultas inherentes al puesto de trabajo, serán gratuitas para los afiliados y afiliadas con más de seis meses de antigüedad.
Obligaciones de las personas demandantes del Servicio Jurídico
- Los afiliados y afiliadas están obligados al pago de la cuota que se apruebe para cada período.
- La persona demandante del Servicio Jurídico asumirá el profesional que le asigne UGT, en función de la propia organización del Servicio.
- La persona demandante del Servicio aportará toda la documentación que sea necesaria para la tramitación de su expediente.
- La persona demandante del Servicio que acceda a la Asesoría Jurídica firmará su conformidad con las tarifas vigentes y vendrá obligado a la formalización de inicio del expediente a través de la hoja de contratación: pago de los honorarios, gastos, procuradores y costas si las hubiese en su procedimiento, y otros.
- Las tarifas máximas de los servicios jurídicos serán las establecidas por el Comité Confederal, y siempre en función de la antigüedad del afiliado o afiliada en el Sindicato.
- Se informará del coste del servicio así como de las bonificaciones que correspondan con carácter previo a la firma de la hoja de encargo o contratación
- Para la aplicación de las bonificaciones sobre las tarifas, la antigüedad en la afiliación se computará al principio del expediente. Para computar la antigüedad en la afiliación es condición necesaria estar al corriente en el pago de la cuota, y mantenerlo durante toda la tramitación del proceso
Hola tengo una duda la cual quisiera que me aclaren, si la empresa donde trabajo presenta un concurso de acreedores, y presento mi baja voluntaria, la empresa me pagaria igualmente los salarios pendientes.
Gracias