La Asesoría Jurídica: un derecho para los afiliados y afiliadas
- Los Servicios Jurídicos irán dirigidos de forma prioritaria a los afiliados y afiliadas del Sindicato y a los delegados y delegadas sindicales de UGT, que deberán recibir un asesoramiento y atención jurídica de calidad, responsable y profesionalizada. Todo ello con el fin de atender, con las garantías suficientes, la defensa de sus intereses y derechos, especial y fundamentalmente los de índole laboral, derechos fundamentales de libertad sindical, de huelga, elecciones sindicales, de seguridad social y de derecho administrativo, en delitos contra la seguridad de los trabajadores y de contratación ilegal de inmigrantes; manteniendo cuando lo requiera la situación, un tratamiento sindicalizado de los conflictos en coordinación con las organizaciones correspondientes.
- El acceso a estos derechos deberá ser prestado prioritariamente en los locales de UGT, siendo el Servicio de aplicación general y homogénea.
- Dentro del cuadro de tarifas de los servicios jurídicos, el Comité Confederal establecerá unas tarifas máximas en función de la antigüedad del afiliado o afiliada en el Sindicato.
- Se informará del coste del servicio así como de las bonificaciones que correspondan con carácter previo a la firma de la hoja de encargo o contratación.
- Los afiliados y afiliadas no accederán directamente a los servicios jurídicos del Sindicato, sino que lo harán a través de la Sección Sindical, el Sindicato Comarcal o el Sector correspondiente.
- Las consultas inherentes al puesto de trabajo, serán gratuitas para los afiliados y afiliadas con más de seis meses de antigüedad.
Obligaciones de las personas demandantes del Servicio Jurídico
- Los afiliados y afiliadas están obligados al pago de la cuota que se apruebe para cada período.
- La persona demandante del Servicio Jurídico asumirá el profesional que le asigne UGT, en función de la propia organización del Servicio.
- La persona demandante del Servicio aportará toda la documentación que sea necesaria para la tramitación de su expediente.
- La persona demandante del Servicio que acceda a la Asesoría Jurídica firmará su conformidad con las tarifas vigentes y vendrá obligado a la formalización de inicio del expediente a través de la hoja de contratación: pago de los honorarios, gastos, procuradores y costas si las hubiese en su procedimiento, y otros.
- Las tarifas máximas de los servicios jurídicos serán las establecidas por el Comité Confederal, y siempre en función de la antigüedad del afiliado o afiliada en el Sindicato.
- Se informará del coste del servicio así como de las bonificaciones que correspondan con carácter previo a la firma de la hoja de encargo o contratación
- Para la aplicación de las bonificaciones sobre las tarifas, la antigüedad en la afiliación se computará al principio del expediente. Para computar la antigüedad en la afiliación es condición necesaria estar al corriente en el pago de la cuota, y mantenerlo durante toda la tramitación del proceso
Hola tengo una duda la cual quisiera que me aclaren, si la empresa donde trabajo presenta un concurso de acreedores, y presento mi baja voluntaria, la empresa me pagaria igualmente los salarios pendientes.
Gracias
Buenos días, trabajo como tcaes en el HCD, Gómez Ulla.
Es obligación de nuestra categoría preparar desayunos y meriendas?
Buenos días, trabajo como tcae en el HCD, Gómez Ulla.
Es obligación de nuestra categoría preparar desayunos y meriendas?
Buenos días, quisiera hablar con algún experto laboralista sobre la dinámica que está tomando mi reciente trabajo en una conocida empresa multinacional de paqueteria. Se supone que tengo un contrato indefinido, pero últimamente me dicen que me quede en casa y que este atento al teléfono por si surge trabajo. Por supuesto, si no surge, no me pagan esa jornada. En consecuencia, entiendo que ellos pueden suspenderme de día y paga cuando lo deseen, algo que me perjudica enormemente.
La pregunta es ¿es esto legal?
Ruego contacten conmigo a la mayor brevedad posible.
Muchas gracias
Tras exponer mi caso con el abogado de UGT José de la ciudad Elche, este me levanta el tono, gritando, ante esa situación le digo que por favor no me grite, este sin más se levanta y llama a la señora fuera de oficina para que me tire de su despacho. En ese momento no doy crédito a lo que esta ocurriendo, la señora se pone de parte del abogado sin dejarme aclarar los echos. Hasta me dice que no grite, no grito, me encuentro en situación muy incomoda que no se el porqué de ella, si que me pongo muy nervioso y que reconozco a la señora, total, pido la oja de reclamaciones o quejas y se me informa de que no hay, que me dan un folio en blanco. Les digo que tengo derechos, y por ello voy a llamar a la policía, me siento en otra mesa para firmar mi baja con UGT Elche y poder llamar a la policía. En ese momento aparece un señor corpulento sin pelo y me enseña la hoja de reclamaciones de UGT. Digo que la policía hablarán con ellos a ver el porque se niegan a darme la hoja de quejas reclamaciones de UGT. Se persona la policía habla con migo y con señor corpulento sin pelo.
No quiero saber nada de UGT Elche, el abogado de nombre José, sus formas hacia mi no me gustaron nada de nada, esre señor me perdio el respeto sin más. Por favor hagan entender a su abogado José que no trate a nadie como me trató a mi, que soy una persona y me tiene que respetar como minimo. Le dije que por favor no me gritara, que yo estaba tomando antidepresivos y sus gritos me molestaban mucho y esté señor hizo lo que le vino en gana, llamar a su oficinista, señora que hay fuera, para que ella me tirase de su oficina, sin yo faltar al respeto, ni gritarle, ni nada de nada, no lo entiendo. A día de hoy aún estoy nervioso por esa situación tan incomoda para mi. Hoy he llamado a UGT de Alicante para ver si me puedo sindicalizar allí a ver si tengo suerte, en UGT de Elche no quiero ni los buenos días, me trataron fatal, muy mal, con desprecio encima de que me grita el abogado llamado Jose, no entiendo aún el porqué este señor se transforma en lo que se transformó y encima me tira de su oficina, muy vergonzosa la situación en la que me vi enredado por este señor.
Solicité jubilación parcial con relevo en tiempo y forma en 2024 en mi ayuntamiento,no activaron el proceso y ahora me dicen que tengo que acogerme a la nueva regulación que entra en vigor el 1 de abril,lis requisitos de contratacióndel relevista para una administración local complican .La solicitud en tiempo y forma no hace posible du gestión en las condiciones anteriores a 1 de abril¿?