El Sector de la Enseñanza de FeSP UGT Madrid denuncia la arbitrariedad que establece la normativa de escolarización en Madrid, con criterios desiguales entre centros, redes y familias.

tecnico-superior-educacion-infantilEn Tres Cantos solo un centro público de Educación Infantil y Primaria tiene enseñanza no bilingüe: el CEIP Aldebarán. La Consejería parece no querer aceptar que hay familias que no desean enseñanza bilingüe o, mejor dicho, el programa bilingüe de Madrid y mientras abre unidades en otros centros: públicos y concertados, niega a este la posibilidad de acoger un aula de Educación Infantil de 3 años más para acoger a las 15 familias que habían optado por este centro. No es coherente afirmar que se desea una oferta amplia de programas y proyectos educativos mientras que se actúa en el sentido contrario, suprimiendo aquellos que no son de nuestro agrado.

Por otra parte, el procedimiento en el establecimiento de vacantes, en la red pública y en la concertada es diferente, lo que a lo largo de los años ha provocado un trasvase de alumnado de la primera a la segunda. Así, mientras en la red concertada se suprime una unidad después de finalizado el proceso de escolarización, en la pública se parte de una oferta de plazas a la baja y solo se abre una unidad si la Consejería lo estima oportuno en función de la demanda de dicho centro. Hay que añadir que mientras en la red concertada se pueden mantener ratios medias de 18 alumnos en Primaria, por ejemplo, rara vez sucede eso en la red pública, excepción hecha de centros prioritarios o de zonas rurales, lo que llega a dar lugar a que con 72 alumnos se puedan mantener 4 grupos de un determinado curso en concertada y solo 3 en pública. Como recoge la  ORDEN 4081/2016, de 29 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos, que en su artª 8 determina las ratios mínimas por unidad para mantener el concierto, según la siguiente tabla:

 

ENSEÑANZA

RATIO MEDIA MÍNIMA ALUMNOS/UNIDAD
Segundo ciclo de educación infantil 18
Educación Primaria 18
Educación Secundaria Obligatoria 24
Bachillerato 28
Formación profesional de grado medio (unidades de primer curso) 12
Formación profesional básica (unidades de primer curso) 12

Además: “Podrá exceptuarse del cumplimiento de la obligación de mantener la relación media de alumnos por unidad a aquellos centros en los que concurran las circunstancias previstas en el artículo 17 del Reglamento de Normas Básica sobre Conciertos Educativos. Asimismo, se tendrán en consideración la ubicación del centro, las condiciones socioeconómicas de la población escolar atendida, la oferta educativa de la zona y la ratio máxima por unidad”.

Por todo ello, UGT exige a la Consejería la apertura de una unidad de educación infantil de 3 años en el CEIP Aldebarán de Tres Cantos y todos aquellos centros que se encuentren en esta situación, el mantenimiento de centros sin programa bilingüe en los diferentes municipios y distritos de la Comunidad o, lo que sería mejor, la modificación de dicho programa, tras la evaluación del mismo y con el debate y consenso de la comunidad educativa y la modificación del procedimiento de escolarización que permita una igualdad real en el acceso entre centros, redes y alumnado.

WP Twitter Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
Ir al contenido