inaem-fotoEl pasado día 23 marzo de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por el INAEM, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº33 (demanda interpuesta por la FSP-UGT Madrid contra el INAEM) que condenó a este Organismo a abonar al personal artístico de la Compañía Nacional de Danza (CND) y del Ballet Nacional de España (BNE) las cantidades correspondientes al 140% de las retribuciones por los sábados trabajados, y les conceda el día de permiso adicional por esos días trabajados.

A partir del mes de abril del año 2012, el INAEM (Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música) cambio unilateralmente los criterios Marco acordados y consideró que el sábado no es un día de descanso, por lo que desde dicha fecha ha dejado de compensar los sábados trabajados, y por tanto, esta nueva interpretación del INAEM es contraria a lo dispuesto en el citado artículo 70 del Convenio de Origen y a los criterios directores del Calendario Laboral de 30 de julio de 2002.

Este nuevo fallo judicial demuestra la falta de respeto a la legalidad por parte de los anteriores directivos del INAEM, el Subdirector General de Personal y la Secretaria General. Así lo expresa claramente el Juez en su sentencia: “.., la Administración, que actúa como empresario, no puede olvidar sus obligaciones para con ese convenio colectivo. Se trata pues, tal y como está actuando el INAEM, de un claro y rotundo desprecio por la norma pactada, incumpliendo la obligación que ella misma se impuso en su día.”

La FSP-UGT Madrid facilitará al personal artístico afectado por esta Sentencia, los modelos correspondientes para registrar en el INAEM,  las solicitudes de cantidad y días de permiso adeudados.

Por último, desde la FSP-UGT Madrid queremos volver a agradecer el compromiso y el apoyo recibido por los y las trabajadoras de los Ballets Nacionales.

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