El 29 de agosto el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid da luz verde a un nuevo proyecto de ley sobre estructura, organización y funcionamiento de los centros sanitarios.
Ya el pasado 29 de octubre cuando fue presentada la moción y aprobada en la Asamblea de Madrid advertimos en nota de prensa de los riesgos que el desarrollo final de la norma pudiera tener para trabajadores y usuarios del sistema público, y ya entonces nos hacíamos una serie de preguntas que ahora el Proyecto de Ley nos responde y desgraciadamente lo hace confirmando nuestras sospechas iniciales.
El argumento esgrimido por la Presidenta es “dotar a la sanidad de un modelo más profesional y participativo” y “que articule un modelo de gestión de la máxima profesionalización y participación ciudadana”.
Para el Gobierno de la Comunidad la profesionalización de la sanidad se limita a la creación de un macro órgano denominado junta de gobierno que estará por encima de los actuales gerentes y que tendrá una composición mínima de 13 miembros de libre nombramiento a propuesta de los cargos políticos, es decir pasamos de un nombramiento político a 13, más el secretario que por supuesto también será nombrado directamente. Establece el proyecto la posibilidad de un régimen jurídico específico para el denominado “personal directivo de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud” esa es su profesionalización, la multiplicación de los puestos directivos y el nombramiento “a dedo”.
Los órganos que pretenden que sustituyan a los que por el RD 521/87 siguen vigentes, no son más que una enumeración. Tanto las diferentes Direcciones, como las Comisiones Técnicas Consultivas no son más que una proliferación de órganos sin composición, ni forma, ni reglamento, ni funciones, tan sólo en el caso del Consejo Asesor Asistencial se alude a un desarrollo reglamentario.
Se atreve también con la Ley General de Sanidad cambiando los Consejos de Área por los Consejos Territoriales de Salud, de nuevo sin composición definida, solo con mínimos y a la espera de ser desarrollado reglamentariamente. Será un mero órgano para hacer llegar ”expectativas y propuestas”, no participará activamente en las decisiones de la Dirección Territorial y centros correspondientes.
Dedica tres artículos a declaración de buenas intenciones respecto de la transparencia ética información y gobierno de la sanidad.
Y culmina el proyecto con dos artículos que por sí solos lo hacen invalidable para UGT:
- Art. 17 .Impulso autonomía de gestión, que favorece la desigualdad profesional en función del centro de trabajo.
- Art. 18. Fomento de mejores prácticas de gestión en el Servicio Madrileño de Salud, que no es otra cosa más que un encubrimiento de las unidades de gestión clínica en los llamados en el proyecto “Institutos Clínicos” a los que se dota de entidad propia con recursos humanos y materiales gestionados por un único responsable.