El pasado día 5 de julio tuvo lugar la 1º reunión de la Comisión Paritaria para su constitución y resolución de las consultas que UGT había enviado, referentes a distintos temas que habían surgido después de la publicación del convenio.
A esta reunión, convocada en tiempo y forma a todas las empresas y sindicatos, acudieron las empresas pertenecientes a Ametra y los sindicatos UGT Y CCOO, concluyendo con las siguientes aclaraciones y acuerdos:
- Artículo 1 y 2 Ámbito de aplicación del Convenio ( existiendo empresas privadas que entienden que este convenio NO es de aplicación para ellas)
Este convenio se aplica a TODAS LAS EMPRESAS Y TRABAJADORES/AS del sector de transporte sanitario que preste servicios en Comunidad de Madrid. - Disposición adicional primera. Corrección Se sustituye grupo profesional C (anterior calificación) por grupo profesional asistencial (actual calificación)
- Art. 63 Formación profesional.
Se añade los estudios de CICLOS FORMATIVOS GRADO SUPERIOR, para que generen los mismos derechos que el resto de formaciones incluidas en este artículo. - Artículo 47. Permisos y licencias.
1- Inicio permiso retribuido en día laborable en los apartados a),b) y c)
SIN ACUERDO. La patronal entiende que en el apartado b) un día por matrimonio de padres, hijos y hermanos, el inicio del permiso es el día de la celebración del evento, aunque no sea día laborable para el trabajador y la parte social entiende que según las sentencias de TS, todos los permisos comienzan el primer día laborable después del hecho causante.
2- Permiso un día por traslado de domicilio habitual en jornadas de 24 horas
Pendiente de estudio por parte de la patronal. - Acuerdos temporales por aplicación RD Ley 32/2021, en materia contratación, hasta que el convenio colectivo estatal lo resuelva, por ser materia reservada.
1- El nuevo contrato para la práctica profesional tendrá una duración de 1 año, periodo de prueba de un mes y el salario será del 60% del establecido en convenio para su categoría profesional durante los 6 primeros meses y del 75% del salario establecido durante los 6 meses siguientes.
2- La patronal propone ampliación hasta 1 año del contrato por circunstancias de la producción y propone una redacción. La parte social no acepta este punto hasta proceder a su estudio y debate, por lo que se responderá en próxima reunión.
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