A pesar de nuestros intentos por explicar a la Administración, que si los trienios se han reconocido como personal laboral se deben pagar como un complemento personal manteniendo el importe del trienio recogido en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral.
A pesar de que ya hay sentencia firme del Tribunal Supremo reconociendo este derecho a una trabajadora.
A pesar de que la lógica dice lo contrario y así lo ha hecho saber UGT cada vez que hemos llevado este punto a las mesas y comisiones en las que nos reunimos con la Administración.
No hemos conseguido que la Administración actúe de oficio reconociendo que los trienios consolidados como personal laboral hay que seguir cobrándolos con la cantidad recogida en el Convenio aunque adquieras la condición de personal funcionario (por supuesto que los trienios generados como personal funcionario se deben cobrar con la cantidad recogida en el Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario).
Por tanto, solo os podemos trasladar que las cantidades que no van a pagar va a haber que reclamarlas por via contencioso-administrativa.
Nuestra asesoría jurídica esta a vuestra disposición (gratuita para afiliados y afiliadas).
NOTA.- Esto no afectaría al personal laboral que adquiera la condición de personal funcionario a través del proceso de funcionarización, ya que en este caso si que se cobra integra la antigüedad consolidada como personal laboral en un complemento).
Profesionales de Servicios Públicos: GRACIAS
Somos la Unión