El pasado  6 de constituimos la Comisión de Madrid para la concesión de plazas de gratuidad para el curso 2022/23, dando con ello cumplimiento al Artículo 86  del Vll Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con fondos públicos.

Os informamos de los plazos acordados:

  1. El plazo de solicitud es hasta el  23 de mayo. El Centro sellará tres ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno original.
  2. En caso de denegación os lo deben de comunicar hasta el 3 de junio. En el caso de no comunicar la denegación por escrito, se entenderá automáticamente concedida.

En caso de denegación el Centro estará obligado a enviar a su Entidad Empresarial o en su defecto a la Comisión Provincial de Becas el ANEXO II debidamente cumplimentado, firmado y sellado, por correo certificado o correo electrónico (calle Hacienda de Pavones 5, 2° dcha. o Marqués de Mondéjar 29 y 31, 1°).

  1. El trabajador/a a quien se le hubiere denegado expresamente la beca dentro del plazo señalado anteriormente, deberá dirigir su reclamación por escrito a la Central Sindical que estime oportuno hasta el día 10  de junio junto con la copia de la solicitud (Podéis enviárnoslo a:aalonso@ugtspmadrid.es* con el asunto: *becas concertada*)
  2. Las centrales sindicales harán llegar  la reclamación a las Organizaciones Empresariales hasta el 17 de junio
  3. La Comisión se reunirá para estudiar las reclamaciones y resolverlas el 27 de junio.
  4. Por último la Comisión se volverá a reunir en última instancia y resolverá las reclamaciones con los nuevos datos que hayan sido aportadas a la misma el  30 junio.

La decisión de la Comisión será vinculante para el trabajador y el centro.

En los siguientes enlaces encontrarás los modelos de solicitud I y II y además el acta con la explicación en detalle de los acuerdos adoptados.

 

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