De acuerdo con el apartado i del punto  10º del  Procedimiento  de  actuación  frente  al  COVID-19, se  establece el uso de mascarillas FFP2 para personal NO SANITARIO que esté realizando su trabajo en habitáculos con usuarios contagiados por el mismo, y que por cualquier circunstancia tengan que estar a menos de la distancia de protección, DEBAN USAR PRECAUCIONES DE GOTAS Y CONTACTOS CONVENCIONALES … Y SI HUBIESE RIESGOS DE SALPICADURAS, BATA IMPERMEABLE, GUANTES DE NITRI LO, MASCARILLA FFP 2 Y PROTECCIÓN OCULAR” .

Es manifiestamente claro que los auxiliares de servicios (PAS) que entran en las habitaciones de los módulos para realizar:

La higienización de las habitaciones y wáteres puede producir gotas y salpicaduras de zonas infectadas por el usuario.

La entrega de la alimentación a los pacientes, que supone estar en muchas ocasiones a menos de la distancia optima determinada en el propio apartado (2 metros), salpicaduras claras, posibles tanto en la entrega de la comida como en la recogida, donde las sobras liquidas pueden ser un claro riesgo de contaminación directa.

Por todo ello el trabajador o trabajadora de esta categoría debe llevar el EPI adecuado, ya no sólo para la protección del usuario frente a posible contagio del trabajador/a (mascarilla quirúrgica) si no para la prevención y protección del trabajador o trabajadora (mascarilla FFP2, bata impermeable o delantal plástico, protección ocular).

Ante  dicha  situación,  el uso de los  mismos  es obligatorio, no a  elección del mando intermedio,o directivo correspondiente.

Ante estas situaciones, sin poder negarse el personal afectado a cumplir  las órdenes de sus jefes,  lo que sí está capacitado e incluso obligado  por la ley de prevención de riesgos laborales es a posponer dicha orden hasta que la empresa  cumpla con su obligación  de  proteger a su empleado/a,  debiendo cumplir  las órdenes  de sus jefes que no conlleven un riesgo grave e inminente si no se proporcionan los EPls adecuados.

POR SUPUESTO ESTAMOS REFIRIENDONOS A ENTRADA EN MODULOS AISLADOS CON POSITIVOS O MODULOS CON USUARIOS CON FEBRICULA, TOS O NEUMONIAS, AUN CUANDO NO SE LE HAYA REALIZADO TODAVIA EL TEST  DEL  CORONAVIRUS, PERO  SE  ENCUENTREN  AISLADOS  EN  MODULOS  CONCRETADOS, VA  SEA  POR PLANTA  O  COHORTE  (COMO  ESTABLECE   LA  INSTRUCCIÓN  DEL  MINISTERIO  DE  SANIDAD  V  EL  PROPIO PROTOCOLO DE AMAS).

En todos estos casos, de no proporcionar los EPls adecuados por la decisión de un mando intermedio o directivo, poneros en contacto con vuestro delegado/a de U.G.T., informando de la situación, que intentará solucionar.

De  no  ser  posible  y  con   el  escrito   y   declaración   del   traba jador   sobre   l a   situación   concreta,   y   la i dentificación   del   mando   concreto,  U.G.T.  no  descarta  la  interposición  de  las  correspondientes denuncias policiales y judiciales por los delitos recogidos en el Código Penal (tanto contra la salud de los  trabajadores,   como  otros  tipos  penales  de  darse  consiguientes  situaciones  de  contagio  del trabajador o trabajadora.

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