De acuerdo con el apartado i del punto 10º del Procedimiento de actuación frente al COVID-19, se establece el uso de mascarillas FFP2 para personal NO SANITARIO que esté realizando su trabajo en habitáculos con usuarios contagiados por el mismo, y que por cualquier circunstancia tengan que estar a menos de la distancia de protección, “DEBAN USAR PRECAUCIONES DE GOTAS Y CONTACTOS CONVENCIONALES … Y SI HUBIESE RIESGOS DE SALPICADURAS, BATA IMPERMEABLE, GUANTES DE NITRI LO, MASCARILLA FFP 2 Y PROTECCIÓN OCULAR” .
Es manifiestamente claro que los auxiliares de servicios (PAS) que entran en las habitaciones de los módulos para realizar:
La higienización de las habitaciones y wáteres puede producir gotas y salpicaduras de zonas infectadas por el usuario.
La entrega de la alimentación a los pacientes, que supone estar en muchas ocasiones a menos de la distancia optima determinada en el propio apartado (2 metros), salpicaduras claras, posibles tanto en la entrega de la comida como en la recogida, donde las sobras liquidas pueden ser un claro riesgo de contaminación directa.
Por todo ello el trabajador o trabajadora de esta categoría debe llevar el EPI adecuado, ya no sólo para la protección del usuario frente a posible contagio del trabajador/a (mascarilla quirúrgica) si no para la prevención y protección del trabajador o trabajadora (mascarilla FFP2, bata impermeable o delantal plástico, protección ocular).
Ante dicha situación, el uso de los mismos es obligatorio, no a elección del mando intermedio,o directivo correspondiente.
Ante estas situaciones, sin poder negarse el personal afectado a cumplir las órdenes de sus jefes, lo que sí está capacitado e incluso obligado por la ley de prevención de riesgos laborales es a posponer dicha orden hasta que la empresa cumpla con su obligación de proteger a su empleado/a, debiendo cumplir las órdenes de sus jefes que no conlleven un riesgo grave e inminente si no se proporcionan los EPls adecuados.
POR SUPUESTO ESTAMOS REFIRIENDONOS A ENTRADA EN MODULOS AISLADOS CON POSITIVOS O MODULOS CON USUARIOS CON FEBRICULA, TOS O NEUMONIAS, AUN CUANDO NO SE LE HAYA REALIZADO TODAVIA EL TEST DEL CORONAVIRUS, PERO SE ENCUENTREN AISLADOS EN MODULOS CONCRETADOS, VA SEA POR PLANTA O COHORTE (COMO ESTABLECE LA INSTRUCCIÓN DEL MINISTERIO DE SANIDAD V EL PROPIO PROTOCOLO DE AMAS).
En todos estos casos, de no proporcionar los EPls adecuados por la decisión de un mando intermedio o directivo, poneros en contacto con vuestro delegado/a de U.G.T., informando de la situación, que intentará solucionar.
De no ser posible y con el escrito y declaración del traba jador sobre l a situación concreta, y la i dentificación del mando concreto, U.G.T. no descarta la interposición de las correspondientes denuncias policiales y judiciales por los delitos recogidos en el Código Penal (tanto contra la salud de los trabajadores, como otros tipos penales de darse consiguientes situaciones de contagio del trabajador o trabajadora.