Desde UGT Servicios Públicos Madrid queremos informaros sobre la marcha de la negociación del X Convenio de Enseñanza y formación no reglada con los últimos avances que nos traslada nuestra federación estatal.

Desde que se iniciara el trabajo de la comisión negociadora, venimos debatiendo cuestiones diversas del articulado como ámbito temporal, el capítulo de contratación, el trabajo a distancia, teletrabajo y la desconexión digital. Además, se está profundizando en materias como la clasificación profesional, ceses y la adaptación legislativa de los permisos retribuidos y de la conciliación familiar y laboral.

UGT Servicios Públicos está afrontando este proceso de negociación de manera absolutamente proactiva con el objetivo de subsanar las carencias del articulado y los nuevos salarios que se pacten.

Cabe recordar que UGT Servicios Públicos no firmó el último convenio colectivo por considerar que tenía unos salarios extremadamente bajos y grandes carencias en el conjunto de su articulado. Por esta razón, nuestro objetivo primordial ha sido seguir aportando para mejorar el convenio colectivo tanto como sea posible.

En las reuniones de la mesa negociadora celebradas este mes de abril, tras varios intercambios de posturas, se ha llegado a una posible propuesta final que podría resumirse en los siguientes puntos:

  • Ámbito temporal del convenio del 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2027.
  • Adaptación de la contratación a la legislación, haciendo más hincapié en el contrato fijo-discontinuo. Algunos de los aspectos modificados en este artículo son:
    • Si no se puede incorporar cuando realizan el llamamiento, no supondrá la pérdida del turno en el orden del llamamiento si la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal o suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor; cuando la persona trabajadora tenga otro contrato de trabajo vigente en otra empresa o que haya incompatibilidad entre el horario de trabajo y el lectivo de estudios que esté cursando para obtener un título académico o de capacitación profesional.
    • Se podrán pactar con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras variaciones, adaptaciones o ajustes respecto al procedimiento de llamamiento y gestión de las bolsas que sean precisas para la adaptación a la realidad operativa de cada empresa.
  • Las personas con contrato parcial que realicen un número similar de horas complementarias durante más de un año podrán, de mutuo acuerdo, consolidarlas, incrementando su jornada ordinaria en esa cantidad de horas.
  • Regulación del trabajo a distancia y teletrabajo. Entre otras medidas, se establecen las siguientes: compensación mensual de 22 euros cuando se presten servicios en régimen de teletrabajo o trabajo a distancia de forma regular; dotación mínima de medios materiales que deberá procurar la empresa a cada persona que trabaje a distancia: ordenador, ratón, teclado, auriculares y micrófono. Mismos derechos que las personas que trabajen presencialmente, incluyendo el de participar en las acciones formativas de la empresa, en las evaluaciones de riesgos en salud laboral y en las elecciones sindicales.
  • Incorporación artículo regulación derecho a la desconexión digital.
  • Clasificación: se cambia la nomenclatura en algún puesto de trabajo como por ejemplo Jefe de Administración por director de Administración.
    • Se extinguen los siguientes puestos de trabajo
    • Instructor/a o Experto/a.
    • Redactor/a – Corrector/a.
    •  ficial Administrativo de primeraOficial Administrativo deSegunda
      • “Al extinguirse los puestos de trabajo de Oficial Administrativo de primera y de segunda, se crea un nuevo puesto de trabajo denominado Técnico de Administración. Este nuevo puesto de trabajo tendrá el salario que correspondía al Oficial Administrativo de primera”.
  • Puestos funcionales: Se cambia la nomenclatura de Jefe de Estudios pasándose a denomina Coordinador Académico.
  • Ceses: Se reduce el tiempo  de  preaviso  pasando  de  25  a  20  días.  Asimismo, en caso de incumplimiento en el tiempo  de  preaviso  el  descuento  en  la liquidación pasa de ser de 2 días a 1 día hasta un máximo de 20 días.
  • Permisos: adaptación de los permisos retribuidos al Real Decreto.
    • Se mejora el permiso en caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho y parientes de primer grado pasando a ser de cinco días.
    •  Dos días en caso de fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad no incluidos en el punto anterior. 2 más en caso de desplazamiento a una provincia no limítrofe, isla o país.
    • En el permiso por hospitalización el disfrute podrá ser discontinuo, disfrutándose el total de días en dos periodos como máximo, y siempre que persista el hecho causante.
    • Aumento del actual permiso hasta 20 horas para asistir a consultas médicas con hijas, hijos o parientes de primer grado (actualmente 15 horas).
    • Adaptación legal de la conciliación familiar.
    • Adaptación del texto del convenio a la nueva regulación laboral para garantizar la no discriminación de las personas LGTBIQ+ y evitar el acoso de estas personas en el ámbito laboral.

Salarios

AÑO 2024 

  • Desde el 1 de enero al 30 de junio de 2024 adaptación al SMI.
  • Desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2024 incremento del 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa.

AÑO 2025 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.

AÑO 2026 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.

AÑO 2027 

  • Un 3,5% en el salario base, complemento de desarrollo y perfeccionamiento profesional (CPP) y complemento de dedicación. El complemento de los puestos funcionales no se incrementa. Además, los puestos de trabajo: profesor titular profesor de taller, educador social y titulado no docente, verán incrementado el salario un 1,5%, es decir un 5%.

UGT Servicios Públicos seguirá poniendo todos los recursos sindicales, técnicos y jurídicos al servicio de esta negociación colectiva. El resultado lo contaremos e informaremos de lo que vaya sucediendo.

UGT Servicios Públicos Madrid
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