Como sabrás, la Sentencia 1111/2020 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo obligó a las Universidades a reconocer el derecho al PDI con vinculación Laboral “temporal” a poder solicitar la Evaluación de Méritos Docentes en las mismas condiciones que al PDI Laboral “permanente”.
Desde UGT hemos venimos manteniendo que la actividad docente desarrollada por el PDI Laboral “temporal”, por respeto al principio de “igual trabajo, mismo salario”, debe ser valorada y retribuida proporcionalmente a la jornada desarrollada, al igual que se hace para otros trabajadores que realizan idénticas funciones.
Para UGT es incomprensible que los Equipos de Gobierno de las Universidades por un lado presumen de todos aquellos profesores Asociados, Asociados de CC. de la Salud o Profesores Visitantes, al tratarse estos de personas de reconocido prestigio en el mundo jurídico, económico, empresarial o sanitario, entre otros, y por otro se niegan a reconocerles económicamente la docencia que vienen impartiendo a los alumnos por el simple hecho de estar contratados a tiempo parcial.
ANTE LA NEGATIVA DE LOS RECTORES A HACER EFECTIVO EL ABONO DEL COMPLEMENTO ECONÓMICO AL PDI A TIEMPO PARCIAL, UGT HA INICIADO EL PROCEDIMIENTO PARA RECLAMARLO POR VÍA JUDICIAL.
El acto de conciliación, en la que están citadas todas las Universidades, será el próximo 18 de noviembre.
Ante cualquier duda puedes contactar con nosotros en la Sección Sindical de UGT de tu Universidad. Os seguiremos informando