Este pasado 5 de mayo hemos constituido la Comisión de Madrid para la concesión de plazas de gratuidad para el curso 2023/24, dando con ello cumplimiento al Artículo 86 del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con fondos públicos.
Os informamos de los plazos acordados:
📌1. El plazo de solicitud es hasta el 23 de mayo. El Centro sellará tres ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno original.
📌2. En caso de *denegación* os lo deben de comunicar hasta el 5 de junio. En el caso de no comunicar la denegación por escrito, se entenderá automáticamente concedida.
En caso de denegación el Centro estará obligado a enviar a su Entidad Empresarial o en su defecto a la Comisión Provincial de Becas el ANEXO III debidamente cumplimentado, firmado y sellado, por correo certificado o correo electrónico (calle Hacienda de Pavones 5, 2° dcha. o Marqués de Mondéjar 29 y 31, 1°).
📌3. El trabajador/a a quien se le hubiere denegado expresamente la beca dentro del plazo señalado anteriormente, deberá dirigir su reclamación por escrito a la Central Sindical que estime oportuno hasta el día *12 de junio* junto con la copia de la solicitud (Podéis enviárnoslo a: aalonso@ugtspmadrid.es con el asunto: becas concertada)
📌4. Las centrales sindicales harán llegar la reclamación a las Organizaciones Empresariales hasta el 17 de junio.
📌5. La Comisión se reunirá para estudiar las reclamaciones y resolverlas el 27 de junio.
📌6. Por último la Comisión se volverá a reunir en última instancia y resolverá las reclamaciones con los nuevos datos que hayan sido aportadas a la misma el 30 junio.
La decisión de la Comisión será vinculante para el trabajador y el centro.
En el enlace adjunto encontraréis el acta y los anexos con modelo de solicitud y denegación.
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