Hoy día 7 de mayo hemos constituido la Comisión de Madrid para la concesión de plazas de gratuidad para el curso 2024/25, dando con ello cumplimiento al Artículo 86  del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con fondos públicos.
Os informamos de los plazos acordados:
📌1. El plazo de solicitud es hasta el  24 de mayo. El Centro sellará tres ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno original.
 📌2. En caso de denegación os lo deben de comunicar hasta el 5 de junio. En el caso de no comunicar la denegación por escrito, se entenderá automáticamente concedida.
En caso de denegación el Centro estará obligado a enviar a su Entidad Empresarial o en su defecto a la Comisión Provincial de Becas el ANEXO II debidamente cumplimentado, firmado y sellado, por correo certificado o correo electrónico (calle Hacienda de Pavones 5, 2° dcha. o Marqués de Mondéjar 29 y 31, 1°).
 📌3. El trabajador/a a quien se le hubiere denegado expresamente la beca dentro del plazo señalado anteriormente, deberá dirigir su reclamación por escrito a la Central Sindical que estime oportuno hasta el día 12 de junio junto con la copia de la solicitud Podéis enviarnoslo a:
abastida@ugtspmadrid.es  con el asunto: becas concertada
 📌4. Las centrales sindicales harán llegar  la reclamación a las Organizaciones Empresariales hasta el 17 de junio.
 📌5. La Comisión se reunirá para estudiar las reclamaciones y resolverlas el 24 de junio.
 📌6. Por último la Comisión se volverá a reunir en última instancia y resolverá las reclamaciones con los nuevos datos que hayan
 sido aportadas a la misma el  28 de junio.
 La decisión de la Comisión será vinculante para el trabajador y el centro.
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