Recientemente, las familias monoparentales han conseguido una equiparación de derechos gracias a la sentencia del Tribunal Constitucional STC 140/2024 que dicta la necesidad de extender en 10 semanas la prestación económica que concede la Seguridad Social por el permiso por nacimiento a núcleos familiares monoparentales. Con el pronunciamiento de esta sentencia se constata que legislar solo para el modelo de la familia clásica y biparental no respeta la obligación de proteger el interés del menor, contenida en Tratados y Normas internacionales de obligado cumplimiento en nuestro país, y que supone una discriminación por razón de nacimiento.

Ante esta declaración de inconstitucionalidad y ante el nuevo marco legislativo que se abre a nivel estatal, el fraccionamiento del permiso por nacimiento para la madre biológica, por el cual, en el supuesto de que ambos progenitores trabajen, la parte voluntaria del permiso se puede partir.

Nos estamos encontrando con la situación de que cuando una docente, que es progenitora única, está trabajando, y solicita la fraccionamiento de este permiso, la DAT se la está́ denegando, porque la normativa recoge la condición de que los dos progenitores tienen que trabajar. Esta es una circunstancia que hay que rectificar y actualizar esta parte de la normativa, para que en el supuesto de que un único/a progenitor/a solicite este fraccionamiento del permiso y esté trabajando, se le conceda.

Actualmente, esta carencia de desarrollo normativo vuelve a suponer una discriminación para el niño o niña de una unidad familiar monoparental, ya que se acorta el tiempo por el que puede ser cuidado/a por su progenitor/a.

Por todo ello, solicitamos que se incluya esta circunstancia en la negociación del nuevo Acuerdo de Permisos y licencias, que se está llevando a cabo en el seno de la Mesa Sectorial de Educación.

UGT Servicios Públicos Madrid
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