La sentencia reconoce el derecho de las personas trabajadoras  a la aplicación de la cláusula de revisión salarial automática contenida en el artículo 8 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas  y centros de día de personas mayores, teleasistencia y Ayuda a Domicilio) y al incremento de sus conceptos retributivos de 2022 en la cuantía correspondiente al porcentaje del índice de precios al consumo ( IPC ) real del año 2021,siendo un 6.5%.

Ante la negativa de las patronales y agotadas todas las vías de conciliación, UGT demando ante la Audiencia Nacional, quien se ha pronunciado favorablemente en la fecha de hoy.

La sentencia a parte de reconocer este derecho, ha impuesto a cada patronal demandada por “conducta procesal temeraria” una sanción de 1000 euros.

Desde 2019, el VII Convenio Estatal se encuentra en situación de ultraactividad indefinida. Esta situación conlleva que se active una clausula recogida en dicho convenio por la cual se aplica el IPC real correspondiente al año anterior.

El VII Convenio Estatal de la Dependencia afecta a más de 300.000 personas trabajadoras del sector en nuestro país.

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