Publicado en el BOE de 1 de marzo las directrices principales son:

  • 27 días naturales para todo el personal afectado por el VII Convenio.
  • Posibilidad de disfrute de este permiso en cualquiera de las interrupciones que pueda tener el permiso de maternidad/paternidad.
  • Permiso compatible (de forma proporcional) con excedencias solicitadas antes del noveno mes del lactante o con contratos de duración inferior de 9 meses.
UGT Servicios Públicos Madrid
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